Anuncian obligatoriedad de posibilidades de pago por vía electrónica

Imprimir
Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 0 Rating )

Hoy 6.8 millones de cubanos se conectan y puedan usar los pagos digitales a través de plataformas como Transfermóvil y Enzona. Foto: Cubadebate/Archivo.

A partir del próximo 2 de febrero se establece como requisito, para los establecimientos comerciales objeto de inscripción en el Registro Central Comercial (RCC), de manera temporal o permanente, poseer las facilidades de pago por las pasarelas nacionales o terminales de punto de venta para la comercialización de bienes y prestación de servicios al consumidor.

Así lo dispone la Resolución 93/2023 del Ministerio de Comercio Interior (Mincin).

Tamara Castillo, directora de la Dirección Estatal de Comercio, explicó a Girón que diariamente se realiza un monitoreo a todos los establecimientos comerciales de la provincia para conocer el proceso de implementación.

“Para este fin se creó en cada municipio un Grupo de Bancarización que rinde cuenta a las autoridades del Partido y el Gobierno en la provincia diariamente”.

La nueva resolución establece, ahondó la directiva, que a las personas naturales y jurídicas que no garanticen las facilidades de pago se les suspenderá de la actividad comercial mediante el retiro del Certificado Comercial como establece la disposición legal.

José Borges Herrera, director de la filial del Registro Central Comercial, explicó que la Resolución 93 publicada en la Gaceta Oficial hace efectiva la obligatoriedad de todos los actores económicos de tener en todos los establecimientos el pago por las diferentes pasarelas electrónicas, dígase Transfermóvil, EnZona o Pos”.


El directivo aclaró que si bien la resolución se hizo efectiva a partir del dos de diciembre se les otorgó un plazo a los actores económicos con el objetivo de que crearan las facilidades necesarias para comenzar a operar mediante dichas pasarelas de pago.

Lea también: El derecho a decidir cómo pago 

“Esta resolución, si bien entró en vigor a partir del dos de diciembre, se les brindó un plazo de 60 días para instaurar el código QR.

Pero a partir del dos de febrero sí se aplicarán medidas más severas con las diferentes formas de gestión que no asuman las modalidades de pago electrónico, como multas, el cierre de establecimientos, decomiso de equipos o mercancías o efectos que den lugar a la contravención”, aclaró.

Desde la Dirección Estatal de Comercio afirman que el pago electrónico es una modalidad opcional –y un derecho– para el consumidor.

La Resolución 93 va dirigida a personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales objeto de inscripción en el Registro, y realizan la actividad de comercio mayorista, ventas de mercancías, servicios gastronómicos y de alimentación social, así como la prestación de servicios comerciales y técnicos de uso personal y doméstico.

Se excluyen de lo dispuesto en la norma jurídica los establecimientos ubicados en las zonas de silencio, certificados por la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (Etecsa), según recoge un comunicado publicado por el Ministerio de Comercio Interior.