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Debaten reforma judicial y procesal en Cuba

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El Séptimo Período Ordinario de Sesiones será el 27 y 28 de octubre, de forma semipresencial. Foto: Ariel Cecilio Lemus

Como parte de las actividades previas al Séptimo Periodo Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), los diputados cubanos analizaron este lunes los cuatros proyectos de leyes presentados por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular (TSP). En el encuentro estuvo presente el primer secretario del Comité Central del Partido y presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.

Se trata de los proyectos de leyes del Proceso Penal, de los Tribunales de Justicia, del Proceso Administrativo y del Código de Procesos, textos que recogen lo más moderno en la práctica judicial e investigativa, atemperados a la realidad cubana y elaborados sobre la base de principios constitucionales y garantías a la población.

El proyecto de Ley de Tribunales de Justicia refuerza el principio de actuación colegiada de estas instituciones y define los casos para los que se prevé la intervención de un solo juez profesional. También delimitan con mayor precisión las funciones del Consejo de Gobierno y de los presidentes de los tribunales, además de incorporarse las funciones del presidente de sección de los tribunales municipales.

El diputado Raúl Palmero, por el municipio de Marianao, en La Habana, expresó su inquietud sobre por qué los tribunales municipales de justicia no rinden cuenta de su mandato a los órganos locales del Poder Popular.

En los debates los diputados no solo esclarecieron dudas, sino también plantearon cuestiones medulares para enriquecer las normas jurídicas. Foto: Maykel Espinosa Rodríguez.

Dentro de las principales modificaciones del proyecto de Ley del Proceso Penal se encuentra la ampliación para los imputados menores de 18 años de edad del derecho a designar abogado o contar con uno de oficio, desde que se instruya el cargo si está en libertad.

Según destacó Rubén Remigio Ferro, presidente del TSP, se incorpora la definición de «defensor» (abogado) como sujeto procesal y sus requisitos, además de que se excluye la aplicación de criterios de oportunidad por el fiscal, cuando se trata de funcionarios públicos vinculados a actos de corrupción.

«De igual forma, se elimina la obligatoriedad de proceder conforme al criterio de la víctima en los casos en que la ley establece como requisito que sea escuchada su opinión, y se le da a esta la posibilidad de recurrir la decisión o sostener la acción penal particular», agregó Remigio Ferro.

Sobre el proyecto de Ley del Proceso Administrativo, el presidente del TSP puntualizó que regula el proceso para el conocimiento de los tribunales de las pretensiones en relación con los actos administrativos, disposiciones reglamentarias, actuaciones materiales y omisiones de la administración pública, y de otras entidades y personas en el ejercicio de la función administrativa.

Entre las principales modificaciones se encuentra la ampliación de plazos para dotar de mayores garantías a las personas. Asimismo, se esclarece que, como regla, las pruebas se practican de forma concertada en una sola audiencia.

El proyecto de Código de Procesos integra los procedimientos para resolver las reclamaciones en las materias civil, familiar, mercantil, del trabajo y la seguridad social, y establece cuáles son los procedimientos cuando un ciudadano tiene un conflicto en estas materias y debe acudir al Tribunal.

Entre las principales reformas se encuentra la determinación de los plazos en aquellos artículos que lo dejaban al criterio prudencial del tribunal, salvo en situaciones que no resulta pertinente y la propia normativa lo determina así, puntualizó Remigio Ferro durante en debate. (DOA)

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