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Para desterrar la sombra de la violencia

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Para desterrar la sombra de la violencia. Entrevista con Alina Domínguez García, fiscal jefa del Departamento de Protección a la Familia y Asuntos Jurisdiccionales en la Fiscalía Provincial de Matanzas

Alina Domínguez García, fiscal jefa del Departamento de Protección a la Familia y Asuntos Jurisdiccionales en la Fiscalía Provincial de Matanzas. 

Explícita, en forma de golpes, empujones o cualquier otro tipo de maltrato físico, solapada tras gritos o imposiciones económicas, la violencia intrafamiliar contra las mujeres y las niñas forma parte del diarismo de muchas familias. Los datos publicados en diciembre de 2023 durante el Pleno del Comité Central del Partido son claros respecto al tema. La cifra de núcleos en esta situación en el país asciende a 9 579, y en ellos conviven 16 116 mujeres y niñas. 

Lamentablemente, Matanzas no escapa a este flagelo. La provincia fue señalada en esa cita entre los territorios con mayor incidencia por muerte violenta de mujeres. De ahí que sea ocupación y preocupación constante de órganos como la Fiscalía hacer cumplir lo legislado, para que situaciones como estas, que desestabilizan e, incluso, enlutan a familias matanceras, no encuentren cabida en la sociedad.

Para esclarecernos sobre las acciones que desarrolla la Fiscalía en Matanzas en este sentido, Girón conversó con Alina Domínguez García, fiscal jefa del Departamento de Protección a la Familia y Asuntos Jurisdiccionales en la Fiscalía Provincial de Matanzas. 

—¿Cuánto ha avanzado la legislación cubana en los últimos años en relación a la disminución de la violencia que se ejerce contra las mujeres y las niñas y otras personas que pudieran ser consideradas en situación de vulnerabilidad? 

—En los últimos años, en nuestro país se ha dado un salto cualitativamente superior en cuanto a la protección jurídica de los derechos de la mujer, empezando en el año 2019 por la aprobación de la Constitución de la República, donde se consignan preceptos bien claros al respecto, que, si bien de alguna manera los teníamos, en ese momento adquieren rango constitucional. 

“Muchas cuestiones, como es el caso de la igualdad, ya estaban consignadas, pero a partir de ahí el pronunciamiento va dirigido a proteger a la mujer en todos sus ámbitos. Es muy novedoso que se haya incluido, además, el tema de la violencia, lo cual permitió que leyes posteriores, obedeciendo el mandato constitucional, pusieran en práctica cuáles son los derroteros que deben seguirse para su enfrentamiento, por ser un fenómeno que ocupa y preocupa a toda la sociedad cubana.

“A partir de la Constitución, se produce un cambio legislativo que alcanzó un grupo importante de normativas del país tanto del orden civil, familiar, como penal. Resaltamos en ese sentido lo establecido a partir del Código de Procesos que da la posibilidad de que cualquier persona que sufra un acto de violencia, fundamentalmente las mujeres y las niñas, pueda pedir una tutela al Tribunal, mediante una demanda, que incluye una indemnización por lo que esta situación le pudiera ocasionar. 

“Otra de las normas actualizadas es la Ley de Procedimiento Penal, donde se establece claramente la medida cautelar de alejamiento a la víctima, que es muy frecuente en estos casos de violencia contra la mujer, debido a que muchas de ellas tienen que vivir con el propio victimario. 

“En el Código Penal hay 38 figuras delictivas que fueron modificadas en función de agravar determinadas penas, cuando estas se cometen en el marco de la violencia de género o intrafamiliar. Es decir, hemos perfeccionado nuestra legislación y la hemos puesto en función de escalar un peldaño en ese anhelo de país de que tengamos una sociedad más libre de ese flagelo y que nuestras mujeres, niñas y niños puedan disfrutar plenamente de sus derechos. 

“Además, existe otro tipo de leyes que han constituido un avance en cuanto a la protección” 

—¿Se refiere a leyes como el Código de las Familias?

—El Código de las Familias fue un hito en cuanto al ordenamiento de las leyes en el ámbito familiar, y transversaliza un grupo de artículos donde la violencia constituye un punto de mira para tomar decisiones en la esfera familiar. Lo mismo para proteger a la mujer, a las niñas y niños, como para que traiga consecuencias para las personas que cometen este tipo de actos. 

 

“Por ejemplo, en el caso de una persona que maltrate a sus padres ancianos y los someta a actos de violencia de cualquier tipo de los que están conceptualizados, pudiera ser declarada incapaz para heredarles. Otro caso pudiera ser que, cuando un padre o madre ejerce maltrato físico o de cualquier naturaleza contra uno de sus hijos o todos, si se ve inmerso en un proceso de divorcio, pidiendo la guarda y cuidado y la comunicación con sus hijos, estos pueden ser limitados cuando se detecte en la investigación que se trata de personas que ejercen violencia. 

—A nivel de país también existen programas y estrategias que incluyen elementos dirigidos al adelanto de la mujer y a erradicar la violencia…

—En el orden estatal y en el gubernamental existen dos normativas: el decreto presidencial 198 del 2021, que es lo que conocemos como el Programa de Adelanto para la Mujer, el cual tiene un impacto en cada uno de los organismos y organizaciones del país, y establece un amplio marco legal para la lucha por la erradicación de la violencia y por elevar la protección que se da a cada una de las mujeres. 

“Igualmente, el acuerdo 92/31 del Consejo de Ministros de 2021 establece la Estrategia Integral de Prevención y Atención a la violencia de Género en el escenario familiar, con un carácter muy integrador, y transversaliza el enfoque de género en todas las áreas y los organismos que inciden de manera directa o indirecta en la atención a este fenómeno. 

“Este rango hace que todos los organismos estemos obligados a actualizarlos, adecuarlos y cumplirlos de acuerdo con las misiones y funciones que cada uno tenga. 

“En el caso particular de la estrategia, tiene principios y acciones concretas que deben partir desde el ámbito nacional hasta aterrizar en todas las entidades y hacer suyo cada uno de los 10 componentes que la integran, entre los que se incluyen la comunicación social, la educación, la formación continua, la prevención, las acciones locales y comunitarias, la atención, la protección, el desarrollo legislativo, y otros. 

“Por tanto, periódicamente se debe rendir cuenta de su cumplimiento por todos los destinatarios de esta norma jurídica”. 

—En el caso de la Fiscalía, ¿cómo implementan la estrategia y el programa?

—En la Fiscalía lo hacemos mediante dos normas internas. Estas han tenido impacto en la población, porque, en la medida en que hemos perfeccionado nuestros sistemas de trabajo y maneras de hacer, y nos hemos visibilizado más, se ha incrementado la concurrencia ante nuestro órgano, buscando orientación, información o protección. 

“Asimismo, se recibe un mayor número de quejas de mujeres tramitadas, relacionadas con el tema de la violencia de género; así como otros planteamientos, vinculados con la atención a niñas, niños y adolescentes, que pueden estar en una situación de violencia y erigirse como víctimas, sobre los cuales la Fiscalía tiene un ámbito de actuación para exigir el restablecimiento de sus derechos u ofrecer una integralidad en su atención, que puede incluir la orientación de recibir atención médica o psicológica. 

“Estas acciones están relacionadas entre sí. Las especialidades de trabajo nos integramos para cumplir con estas normas internas. Por ejemplo, Procesos Penales desarrolla un rol fundamental y tiene que ver con el control de los procesos que se siguen cuando una mujer resulta víctima fatal.  

“También hemos creado en la Fiscalía un Comité de Género. Evaluamos hacia lo interno cuáles son las principales preocupaciones de nuestras féminas, y nos ocupamos de tener actualizado el banco de información a los efectos de poder canalizar cualquier situación”. 

—¿Cómo se ha comportado la violencia contra la mujer en el último período en Matanzas, y qué tratamiento han recibido estos casos?

—En la provincia se han dado casos relacionados con la muerte de féminas que ocupan y consternan mucho a la sociedad. Nuestro órgano tiene un estricto control sobre la tramitación de esos asuntos hasta su conclusión y el juicio oral. Son procesos en los cuales la Fiscalía, en nombre del Estado y de la víctima, solicita penas severas, que están en correspondencia con estos actos denigrantes que no deberían ser cometidos nunca contra una mujer ni la familia. 

“Además de las penas principales, que significan generalmente privación de libertad, se ponen sanciones accesorias. Su novedad es que podemos evaluar, en casos concretos donde se haya dado muerte a una fémina, que, si se ha actuado de manera violenta contra ella y hay hijos comunes en la familia, a esa persona, de ser también el padre de sus hijos menores, se le pudiera suspender la responsabilidad parental o, incluso, puede perderla. 

 

“Se tiene en cuenta que este individuo se ha comportado de forma violenta, a veces hasta delante de sus propios hijos, por lo tanto, no puede ejercer responsabilidades en el orden familiar, formar nuevas generaciones y crear valores, porque su comportamiento ha demostrado que está incapacitado para ello. 

“No todo está logrado, tenemos insatisfacciones, porque consideramos que debemos preparar más a nuestras fuerzas de trabajo para atender con calidad estos procesos; y ello debe partir del dominio de estas normativas, del análisis conjunto de los casos y de la visión multilateral de estos procesos, para que la Fiscalía se erija en un lugar donde cada mujer o familia encuentre un aliado para enfrentar estos fenómenos indeseados”. 


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