Los cubanos podrán importar sistemas fotovoltaicos, sus partes y piezas sin fines comerciales desde este 28 de julio, según una resolución publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
En la Resolución 206/2021 se recoge que las personas naturales quedan eximidas del pago de impuestos tras su paso por la aduana por importar los sistemas fotovoltaicos.
Paneles fotovoltaicos, protecciones de corrientes directa y alterna, inversor para sistemas fotovoltaicos, baterías para el almacenamiento de energía, conductor eléctrico, sistema de puesta a tierra, estructura de soporte (herraje y tornillería), pizarra eléctrica, regulador de carga de batería, gabinete para piezas y componentes del sistema fotovoltaico, así como accesorios eléctricos para el montaje, constituyen las partes y piezas permitidas a importar.
La resolución, firmada por la ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños, aclara que la persona natural es responsable de la instalación del sistema fotovoltaico y su sostenibilidad, así como de la recontratación del servicio eléctrico a la Empresa.
El Estado cubano pretende desarrollar las fuentes renovables de energía y elevar la participación de los ciudadanos con esta matriz de generación eléctrica. La medida entró en vigor desde este propio miércoles 28 de julio de 2021.
Consulte aquí la Resolución 206/2021